
Nuevo Reglamento de Seguridad en la Construcción en Ecuador: Lo que Debes Saber
Reglamento de Seguridad en Construcción (MDT-2025-122)
Introducción
El Ministerio del Trabajo expidió el Acuerdo Ministerial Nro. MDT-2025-122, que establece el nuevo Reglamento de Seguridad en el Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales para la Construcción y Obras Públicas y Privadas en Ecuador. Este reglamento busca alinear las prácticas del sector a los estándares internacionales de la OIT y a la normativa andina, elevando la seguridad de los trabajadores y reduciendo riesgos operativos.
1. Alcance del Reglamento
El reglamento se aplica a todas las obras públicas y privadas en Ecuador, incluyendo:
- Construcción, modificación y reparación de edificaciones.
- Readecuaciones y mantenimiento.
- Obras de infraestructura como carreteras, puentes, túneles, aeropuertos, puertos, canales y más.
Esto significa que incluso proyectos pequeños o de remodelación deben cumplir con las nuevas disposiciones.
2. Principales Obligaciones para Empleadores
El reglamento establece un conjunto amplio de obligaciones que buscan garantizar ambientes de trabajo seguros:
- Identificación y evaluación periódica de riesgos laborales.
- Elaboración de un Plan de Prevención de Riesgos Laborales aprobado por el Ministerio.
- Provisión gratuita de ropa de trabajo y EPP certificados.
- Conformación de brigadas de emergencia o designación de un jefe de emergencias.
- Realización de simulacros de emergencia al menos una vez al año.
- Vigilancia médica ocupacional gratuita para todos los trabajadores.
Incumplimientos: pueden derivar en sanciones económicas, paralización de obras y responsabilidades legales.
3. Responsabilidad solidaria entre actores
Propietarios, diseñadores, constructores, contratistas, subcontratistas y fiscalizadores comparten obligaciones en materia de seguridad. Si uno incumple, los demás pueden ser responsables de forma solidaria.
4. Estudios y Programas de Seguridad
Desde la fase de diseño, se debe elaborar un Estudio de Seguridad y Prevención de Riesgos Laborales que incluya:
- Identificación de riesgos evitables y medidas técnicas.
- Medidas preventivas para riesgos inevitables.
- Presupuesto destinado a la implementación de dichas medidas.
Durante la ejecución, debe implementarse un Programa de Seguridad, socializado con los trabajadores y disponible en el sitio de la obra para inspecciones.
5. Certificación obligatoria
Todo el personal involucrado (diseñadores, planificadores, contratistas, residentes, fiscalizadores y trabajadores) debe contar con certificaciones en prevención de riesgos laborales.
Actividades de alto riesgo —como excavaciones profundas, uso de explosivos, operación de maquinaria pesada, montaje de andamios y soldadura— requieren certificaciones específicas emitidas por Organismos Evaluadores de la Conformidad acreditados.
6. Fiscalización y sanciones
Cada obra deberá llevar un registro de incidencias de seguridad, que será supervisado por el Ministerio del Trabajo. Este registro es vinculante y puede servir como base para sanciones.
- Multas económicas.
- Suspensión de actividades.
- Responsabilidad solidaria entre actores del proyecto.
Esto obliga a las empresas a reforzar sus controles internos para garantizar el cumplimiento en todas las etapas.
7. Más allá de la obligación: una oportunidad
Aunque el reglamento establece exigencias estrictas, también representa una oportunidad: una buena gestión de seguridad reduce accidentes, fortalece la reputación y protege la inversión. Además, alinea a las empresas con estándares internacionales valorados por clientes e inversionistas.
8. Preguntas Frecuentes (FAQ)
¿Desde cuándo es obligatorio el reglamento?
Desde su publicación; el cumplimiento es inmediato.
¿Qué pasa si mi empresa no tiene certificaciones en prevención de riesgos?
No podrá ejecutar actividades de alto riesgo sin exponerse a sanciones.
¿Quién fiscaliza el cumplimiento?
El Ministerio del Trabajo a través de inspecciones y revisiones documentales.
¿Debo cumplir si solo hago remodelaciones pequeñas?
Sí. El reglamento aplica a toda obra pública o privada, sin importar el tamaño.
Conclusiones y próximos pasos
El Acuerdo Ministerial MDT-2025-122 marca un antes y un después en la gestión de riesgos en la construcción en Ecuador. Más allá de las sanciones, se trata de crear entornos laborales seguros y sostenibles.
En nuestra firma legal podemos asesorarle en la elaboración de estudios de seguridad, programas de prevención, procesos de certificación y cumplimiento integral del reglamento.
Contacto
Contáctenos para una asesoría personalizada y asegure que su empresa cumpla con todas las nuevas disposiciones, protegiendo a sus trabajadores y garantizando la continuidad de sus proyectos.