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DEVOLUCIÓN DEL IVA PARA PROYECTOS INMOBILIARIOS EN ECUADOR

Escrito por

Randy Arevalo

Con la entrada en vigencia de la Ley Orgánica de Eficiencia Económica y Generación de Empleo, se introdujo el beneficio de la devolución del IVA pagado para proyectos inmobiliarios.

Tanto las personas naturales como jurídicas (incluyendo los fideicomisos) que hayan pagado el IVA en adquisiciones locales o importaciones de bienes o servicios para la construcción en proyectos inmobiliarios podrán beneficiarse de la devolución del IVA sin intereses, esto en un tiempo máximo de 90 días por medio de la emisión de una nota de crédito.

Para poder acceder a este beneficio, se deberá cumplir con lo siguiente:

  1. El proyecto deberá contar con un título habilitante municipal de la jurisdicción en
    donde se desarrolla el proyecto; y,
  2. Se deberá registrar ante el Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda (MIDUVI).

Se tiene que tener en cuenta que respecto al primer punto, el título habilitante puede ser posterior al inicio de prestación de los servicios y adquisición de bienes. Sin embargo no se podrá registrar ante el Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda (MIDUVI) si el proyecto inmobiliario no cuenta con el título habilitante.

La solicitud de devolución podrá ser presentada por periodos mensuales y hasta dentro de cinco años contados desde la fecha del pago del IVA cuya devolución se vaya a solicitar.

En la actualidad el SRI no ha estipulado los parámetros de aplicación de este beneficio.

Pasos para registrar el proyecto inmobiliario ante el Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda (MIDUVI)

  1. Solicitud: La carta de solicitud puede ser realizada mediante firma electrónica o física, de la misma manera se debe adjuntar:
    a. La Declaración Responsable de Registro de Proyectos Inmobiliarios
    debidamente suscrita, conocida como Anexo – Proyectos Inmobiliarios;
    b. Título habilitante municipal;
    c. Cédula de ciudadanía del solicitante; y,
    d. Certificado del Registro Único de Contribuyentes (en caso de aplicar).

  1. Revisión de solicitud: El término para que el MIDUVI complete la revisión de los documentos presentados será de 7 días contados desde el día siguiente a la recepción de la solicitud.
  2. Aclaración o convalidación de la solicitud: En el caso de que las solicitudes se encuentren incompletas o con inconsistencias, el servidor responsable del trámite notificará al peticionario el requerimiento para que complete o convalide la información. Este término será de 5 días contados a partir del día siguiente de la notificación.
  3. Emisión del certificado: En caso de estar correctos los documentos presentados, el MIDUVI tendrá el término para emitir el certificado en 8 días contados desde el día siguiente a la recepción de la solicitud.

Para más información contactanos

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